Actualidad¿Cómo disminuir el pago de tu declaración de renta en el 2020?

14 septiembre, 2020por Nadia Parra
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¡Que no te coja la noche! Si estás pensando en organizar tu área tributaria, ¡conoce estos Tips para aprender a optimizar tu declaración de renta!

Por estos días, muchos colombianos estamos presentando declaración de renta año 2019 y para muchos se ha convertido en un dolor de cabeza pues el impuesto a pagar ha sido muy alto y no se tenía presupuestado este valor. Para otros, aunque no les sale dinero a pagar en realidad han pagado durante todo el año tributario tanta retención en la fuente y por esto no deben aportar dinero para el pago de la declaración de renta.  Esto NUNCA deberías entenderlo, como si hubieses hecho una buena planeación tributaria para el pago de este impuesto.  

Cuando hablamos de año tributario para declarantes de renta personas naturales, se refiere a todos los ingresos, patrimonio, costos, gastos, deducciones, rentas exentas, dividendos y participaciones, ingresos por pensión y retención en la fuente, entre otros, recibidos y pagados durante el primero de Enero hasta el 31 de Diciembre del año gravable en referencia.  La declaración de renta de un año gravable se paga al siguiente año; así, en el 2020 estas pagando 2019 y en el 2021 pagarás sobre patrimonio o ingresos (la más alta de las dos) del año 2020. Por este motivo, se hace importante conocer que puedes hacer antes del 31 de Diciembre del 2020 para optimizar tu declaración de renta y cuando vayas a pagar en el año 2021, el valor a pagar de tu impuesto se vea disminuido.

Antes de entrar en materia, debemos tener presente que la retención en la fuente es una forma que utiliza el Estado de recaudar por  anticipado parte del valor a pagar en el impuesto de declaración de renta de cada año fiscal. Para el caso de la retención en la fuente que se practica para personas asalariadas – dependientes, la fórmula que utilizan las empresas (pues es la establecida en la ley), se asemeja a la utilizada en la depuración de la cédula en rentas  general – rentas laborales de la declaración de renta. Y es precisamente esto, lo que te permite planear y  utilizar lo dispuesto en la ley tanto en deducciones como rentas exentas para disminuir tanto el valor a pagar en retención en la fuente como en el impuesto en declaración de renta.

Existe un mito frente a que es mejor que al momento de indicarle a mi pagador de nómina las deducciones y rentas exentas que la ley me permite tener,  no presentar ninguna de ella o las menos posibles y que me descuenten un valor más alto cada mes en retención en la fuente para que al momento de liquidar la declaración de renta pague un menor valor. Vas a ver que esto NO es cierto y de hacerlo, no estas haciendo una correcta optimización de impuestos y te estás perdiendo la oportunidad de ahorrar  recursos importantes y significativos de forma legal, los cuales puedes utilizar para financiar otros objetivos de vida.

Un concepto importante a tener en cuenta cuando hablamos de impuestos en Colombia, es el de UVT: Unidad de Valor Tributario, este valor es decretado todos los año por la DIAN, hacia finales de diciembre y para el año 2020 es de $35.607. Esta unidad de medida se creó para  estandarizar y facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias.

Ejercicio práctico Declaración de renta

A continuación, verás  la teoría aplicada a un ejercicio práctico y podrás evidenciar como se materializa en el pago de un menor valor de tu declaración de renta el utilizar los siguientes ítems permitidos en la ley:

  1. Aportes voluntarios al Fondo de Pensiones Obligatorias: estos aportes están clasificados como ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional, es decir sobre el valor total de estos ingresos no se paga impuesto de renta ni ganancia ocasional. Actualmente, la ley los limita al 25% del total del ingreso del año gravable máximo hasta 2.500 UVT, es decir $89.017.000. Lo puedes utilizar si te encuentras en régimen de pensiones privado.  Los beneficios de estos aportes son los  siguientes:
  • Menor valor a pagar en la declaración de renta.
  • Pago de Rendimientos Financieros, de acuerdo al portafolio de inversión en el que estés en tu Fondo de Pensión Obligatoria.
  • Aumentar significativamente el valor de tu mesada pensional.
  • Es el instrumento legal más eficiente para la disminución del valor de declaración de renta y de retención en la fuente.
  1. Aportes Voluntarios al Fondo de Pensión Voluntaria: estos aportes están clasificados dentro de las rentas exentas que la ley te permite descontar, con un límite del 30% del ingreso anual hasta máximo 3.800 UVT, para el año fiscal 2020 un máximo de $135.306.600. Adicionalmente y de acuerdo a la actual legislación tributaria no se puede exceder del límite del 40% del total de la renta líquida gravable entre deducciones y rentas exentas. Los beneficios de estos aportes son los siguientes:
  • Menor valor a pagar en la declaración de renta.
  • Pago de Rendimientos Financieros, de acuerdo al portafolio de inversión en el que estés invertido.
  • Mejora el valor de tu mesada pensional, es una excelente herramienta para cerrar brecha pensional.
  • Los rendimientos generados por los recursos depositados en los FPV, los cuales pueden provenir de otras fuentes, como por ejemplo de la venta de activos, sucesiones, dividendos, liquidación de inversiones, entre otros, pueden no estar sujetos a tributación, porque mientras no sean retirados, estas son valorizaciones no sometidas al impuesto de renta; o son catalogadas como exentas cuando sean retiradas con el cumplimiento de ciertos requisitos, (permanencia mínima de 10 años, cumplimiento requisitos de pensión u obtener el estado de pensionado o retiro para la adquisición de vivienda).

Caso práctico: El Sr. Juan Mayo es una persona que tiene un ingreso mensual de $10.000.000, es trabajador dependiente.  Su salario No es integral por tanto recibe 13 mesadas al año en total en un año gravable.

  • Total, ingresos laborales año 2020: 130.000.000
  • Como deducciones tiene solamente un aporte mensual de $400.000 por una póliza de Salud, no tiene dependientes, ni paga intereses de crédito hipotecario.
  • Va a efectuar un aporte Voluntario al Fondo Obligatorio mensual de $1.000.000, recordemos que esto es un Ingreso No Constitutivo de Renta.
  • Va a efectuar un aporte mensual al Fondo Voluntario de $500.000 = Renta exenta.

  • Este mismo ejercicio de planeación tributaria puede hacerse para personas independientes y que reciban otro tipo de ingresos como por ejemplo arrendamientos, intereses financieros y demás.
  • N.C.R.G.O = Ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional.

Como puedes apreciar en el ejercicio práctico, cuando se hace una buena planeación tributaria el ahorro de impuestos es bastante considerable, el porcentaje de ahorro en impuestos dependerá de la capacidad que tengas y las deducciones.  Igualmente, es de apreciar el ahorro en retención en la fuente lo que hace es generarte flujo de caja y si se pasan todas las deducciones y las rentas exentas permitidas, no aumenta el valor que debo adicionar de impuesto a la renta.

AHORRO RETENCION EN LA FUENTE             AHORRO DECLARACION DE RENTA

Conclusiones

  • vale la pena que descuentes todas las deducciones y rentas exentas que la ley te permite tener, desde que lo puedas hacer.
  • La optimización tributaria siempre nos generará flujo de caja y es un excelente mecanismo para ahorrar de forma legal recursos para financiar otros objetivos de vida.
  • El valor a pagar en declaración de renta va de acuerdo a la tabla establecida para el pago de este impuesto, la cual es exponencial; es decir, a mayor ingreso, mayor valor de impuesto.
  • Todas las personas declarantes de renta deberían realizar planeación tributaria, independientemente de su ingreso, para saber que es lo que más le conviene hacer como una herramienta de planeación y organización de sus finanzas personales. El ejercicio y ejemplo desarrollado en este artículo  con un ingreso de $10.000.00 de pesos, es solamente didáctico para efectos ilustrativos. Por ninguna circunstancia, significa que si ganas menos no debas hacer tu planeación tributaria y en caso de que tu ingreso sea mayor, se hace igualmente relevante e importante hacerla.
  • Los aportes tanto Voluntarios dentro del Fondo Voluntario como los aportes Voluntarios dentro del Fondo Obligatorio son independientes y se pueden o no tomar simultáneamente dependiendo de la capacidad de ahorro, la conveniencia de cada persona, los objetivos de vida, entre otras variables.
  • Busca la asesoría de un experto, que te acompañe con herramientas idóneas de planeación financiera para personas naturales y con el conocimiento que esta actividad demanda.

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Nadia Parra

por Nadia Parra

Nadia es Administradora de Empresas, con especialidad en operación, asesoría y manejo del Mercado Bursátil y especialista en planeación financiera. Cuenta con más de 14 años de experiencia en el sector financiero. El principal objetivo de Nadia es asesorar, orientar y acompañar a sus clientes en el cumplimiento de sus objetivos financieros a través de la toma adecuada de decisiones de inversión y una planeación tributaria y pensional personalizada.

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